La administradora de riesgos profesionales o la ARP del Seguro Social, informarán al Servicio de Trabajo y Seguridad Social en su respectiva dirección territorial, Internamente de los siguientes cuarenta y cinco (45) días al documentación de las empresas de stop riesgo, las conclusiones y recomendaciones resultantes, indicando en específico https://arl-intermediarios54062.blogpostie.com/55314071/una-revisión-de-intermediario-adventista